Intervención del Sen. Luis Donaldo Colosio en la reunión de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos

En un país donde millones de personas trabajadoras se jubilan con pensiones que no alcanzan para subsistir, resulta indefendible que el Estado mexicano pague pensiones millonarias con esta asimetría, porque está convirtiendo una protección para el trabajador, que fue obtenida por el trabajador, con años de trabajo, con años de esfuerzo, y se transforma en una distorsión del sistema, porque le resta valor al trabajo honesto de miles de trabajadores, de miles de servidores públicos, y también porque está erosionando la legitimidad de las instituciones públicas.

Poner orden a esta anomalía es una obligación política y ética que todas y todos compartimos.

Sin embargo, acompañar esta iniciativa no significa suscribirla sin reservas. Y precisamente porque creemos firmemente en el objetivo que tiene esta iniciativa, tenemos también la responsabilidad de señalar con claridad los riesgos que su implementación entraña y dejar la constancia de las correcciones que esta reforma va a requerir en el corto plazo.

Es cierto, el sistema de pensiones mexicano es profundamente desigual. Por un lado, existe la mayoría de los trabajadores del sector formal, cuyos beneficios de retiro resultan, en su mayoría, insuficientes para garantizar una vejez digna.

Y por el otro, tenemos casos concretos, bien documentados, en donde hay servidores públicos del Estado que perciben pensiones que no se justifican con la posición, ni con el nivel de responsabilidad que tuvieron, ni mucho menos con los años que elaboraron.

Esa asimetría es el resultado de décadas de contratos colectivos negociados sin transparencia, de beneficios extralegales acumulados sin supervisión legislativa, y sobre todo de una cultura institucional que normalizó a la excepción como si fuera la regla.

Corregirla hacia adelante es legítimo, es urgente. Y hacerlo mediante una reforma constitucional que establezca un límite claro y aplicable al sector público podría ser en principio el instrumento más correcto de todos.

Por eso estamos votando a favor. Pero votar a favor con responsabilidad implica también decir lo que esta reforma no está resolviendo y lo que podría complicar su implementación en un futuro y que quisiéramos plantear aquí sobre la mesa para todos los grupos.

La primera y más urgente es el tema de la retroactividad, como ustedes bien saben. El artículo 14 constitucional es muy claro y es muy categórico al respecto. A ninguna ley se le puede dar efecto retroactivo alguno en perjuicio de ninguna persona. Y esta garantía es el fundamento de la certeza jurídica sobre la cual se construye toda relación laboral de largo plazo en el Estado mexicano.

Una persona que dedicó 20, 30, 40 años de su vida profesional al servicio público lo hizo bajo un marco normativo determinado. Con ese marco normativo calculó su retiro, planificó su vejez, organizó sus finanzas con base en compromisos que el propio Estado mexicano adquirió mediante las leyes y contratos aplicables en su momento.

Reducir ahora esa pensión, que ya fue causada, que ya fue devengada, que ya está en curso su pago, representa un incumplimiento unilateral por parte del Estado mexicano frente a quienes cumplieron su parte del contrato social.

Los transitorios de esta iniciativa pretenden salvar ese incumplimiento con el eufemismo de que las pensiones ya vigentes deberán ajustarse, pero ajustar en ese contexto sabemos qué significa reducir. Y reducir una pensión a quien ya la percibe es, en términos jurídicos, un acto retroactivo que viola derechos adquiridos.

Y esta comisión debe de ser muy cuidadosa porque lo que hoy se aprueba para una categoría de jubilados puede sentar el precedente para erosionar la protección de todos los jubilados.

La responsabilidad que desde Movimiento Ciudadano exigimos es eliminar esa absurda asimetría que el día de hoy existe en la ley, por supuesto, esos abusivos privilegios que el día de hoy vemos en nuestro sistema de pensiones, pero garantizando que el Estado de Derecho y la certeza jurídica que se nos exige como poder en la Unión estén en todo momento presentes.

La segunda alerta es la excepción a las Fuerzas Armadas. Ahora sí, estamos hablando de lo contrario dentro del mismo dictamen, porque la exposición de motivos justifica esa excepción invocando, y cito textualmente, la diversidad de regímenes de pensiones existentes y el respeto de derechos constitucionalmente protegidos. Esa justificación, con todo respeto, es constitucionalmente insuficiente.

Si el argumento para exceptuar a las Fuerzas Armadas es que sus derechos están constitucionalmente protegidos y que sus regímenes son complejos y diversos, es exactamente el mismo argumento que aplica para los trabajadores del ISSSTE, para los trabajadores del IMSS, de los organismos descentralizados y prácticamente de todos los servidores públicos que esta reforma sí pretende afectar.

Sus derechos también están constitucionalmente reconocidos en el apartado B del artículo 123 y sus regímenes también son complejos. El principio de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo primero de la Constitución, exige que toda distinción normativa esté fundada en criterios objetivos razonables, sobre todo proporcionales, y una distinción que protege los derechos adquiridos de un grupo, pero que al mismo tiempo los vulnera para otro, sin más argumento que la voluntad del legislador no supera el test de constitucionalidad y esa simetría es discrecional y, por lo tanto, ilegal. Ahora sí que: o todos coludos o todos rabones.

La tercera alerta es el referente utilizado, porque anclar el tope pensionario al salario presidencial, que es un monto sujeto a decisiones presupuestales anuales que incluyen percepciones en especies y reglas claras de monetización, como lo estableció la Acción de Inconstitucionalidad 105/2018, está introduciendo una variable de incertidumbre jurídica permanente en los derechos para quienes perciben pensiones.

Una reforma de esta naturaleza necesita un referente estable, predecible y cuantificable. Para eso precisamente contamos con las UMAs. Por eso instamos a que la reglamentación correspondiente defina con precisión cómo se calcula el monto, qué mecanismos garantizan su estabilidad.

La cuarta alerta es el federalismo. que imponer topes sobre los organismos de las entidades federativas y los municipios sin un proceso de coordinación intergubernamental adecuado está debilitando la autonomía de los estados, está generando conflictos de aplicación en entidades con regímenes laborales, por cierto, muy distintos.

Entonces seríamos irresponsables si al votar a favor de esta iniciativa no dejamos asentado que ella sola no resuelve el problema estructural del sistema de pensiones mexicano.

Ojo, limitar las pensiones máximas es necesario, es más, es urgente y por eso vamos a votar este dictamen a favor.

Pero lo verdaderamente urgente también es poder garantizar la dignidad de las pensiones mínimas para todas las personas trabajadoras de nuestro país.

Movimiento Ciudadano vota a favor de esta iniciativa porque la corrección de las pensiones desproporcionadas y obtenidas de manera típica es una demanda de justicia que defenderemos con convicción, pero alertando, presidente, los riesgos para que puedan ser corregidos por el bien de México y de todas y todos los mexicanos.

Muchas gracias.