Por. J. Jesús Lemus
El Gobierno de la República, encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, ha abierto un debate nacional encaminado a construir una propuesta de ley para regular el uso de las redes sociales, las plataformas digitales y los algoritmos de interacción.
La justificación central sostenida por el Ejecutivo federal radica en la urgencia de salvaguardar la salud mental y emocional de niños, niñas y adolescentes.
Desde la tribuna de las conferencias matutinas, las autoridades han argumentado que el uso prolongado de dispositivos móviles y la exposición continua a flujos de información no supervisados generan problemas severos como adicción digital, trastornos de ansiedad, depresión, aislamiento social y conductas violentas en los sectores más jóvenes de la población.
La Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud han respaldado esta línea, promoviendo foros regionales de consulta con docentes, especialistas y padres de familia para diseñar un marco normativo que eventualmente se presentará ante el Congreso de la Unión.
Sin embargo, el anuncio ha encendido alarmas entre defensores de derechos humanos, periodistas, analistas políticos y colectivos de derechos digitales, quienes advierten sobre los riesgos estructurales de permitir que el poder público intervenga en el funcionamiento de los espacios virtuales de deliberación.
El trasfondo normativo: ¿Protección o supervisión estatal del discurso?
Si bien la protección de las infancias es una obligación constitucional ineludible, la delgada línea entre la tutela del bienestar menor y el control estatal sobre la información representa una preocupación de primer orden.
Las redes sociales se han transformado en el principal foro público de debate en la sociedad contemporánea, donde la ciudadanía fiscaliza el ejercicio del poder, denuncia abusos de autoridad, organiza movimientos sociales y comparte periodismo independiente.
El cuestionamiento de fondo estriba en los mecanismos técnicos que se requerirían para hacer efectiva dicha regulación. Para determinar el tipo de contenido que consume un menor o para intervenir en los algoritmos de recomendación, los gobiernos suelen exigir a las plataformas la implementación de sistemas estrictos de verificación de identidad, registro con documentos oficiales o esquemas de moderación activa de contenidos.
Especialistas en libertades civiles señalan que la facultad estatal para definir qué conductas o contenidos son aptos o peligrosos en el ecosistema digital abre la puerta a la censura discrecional.
Un marco regulatorio mal delimitado puede terminar penalizando o restringiendo no solo el material potencialmente dañino para menores, sino también la crítica política, la sátira, la cobertura periodística de eventos violentos o la disidencia ciudadana.
Los riesgos colaterales para la democracia y los derechos ciudadanos
La libertad de expresión es el pilar axiológico sobre el cual descansa el sistema democrático. La intervención regulatoria en plataformas sociodigitales proyecta afectaciones directas en diversos ámbitos de la vida pública.
Exigir que los usuarios acrediten su edad para acceder a plataformas sociodigitales implica la entrega de datos personales sensibles a empresas tecnológicas y entes reguladores.
La eliminación del anonimato desprotege a periodistas de investigación, denunciantes de actos de corrupción y activistas que dependen del anonimato para resguardar su integridad física.
La propuesta de intervenir en las métricas y algoritmos que distribuyen información podría traducirse en el direccionamiento de la conversación pública.
Si el Estado adquiere la potestad de decidir qué tipo de publicaciones deben priorizarse o limitarse bajo criterios de bienestar o salud pública, el flujo noticioso corre el riesgo de ser moldeado a favor del discurso oficial.
La sola posibilidad de que existan sanciones o monitoreos gubernamentales genera un efecto inhibitorio entre los ciudadanos.
La autocensura surge cuando el usuario teme que sus publicaciones, opiniones o comentarios sobre temas de interés nacional sean tipificados como nocivos, desinformativos o inadecuados.
A nivel global, la regulación de la esfera digital ha cobrado fuerza en países de la Unión Europea, Australia y diversas jurisdicciones de América Latina.
No obstante, los organismos internacionales de derechos humanos, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Organización de las Naciones Unidas, han reiterado consistentemente que cualquier limitación al ejercicio de la libertad de expresión debe cumplir con principios estrictos de legalidad, necesidad y proporcionalidad.
Las directrices internacionales establecen que las restricciones normativas no pueden ser ambiguas ni quedar a la libre interpretación del gobierno en turno.
Cuando se pretende proteger un fin legítimo, como el interés superior de la infancia, las medidas adoptadas no deben ser desmedidas ni privar a la sociedad en su conjunto de su derecho a buscar, recibir y difundir información de manera libre y plural.
El debate abierto sobre el impacto de las plataformas digitales en la juventud plantea un reto ético y normativo innegable. Sin embargo, el análisis periodístico de la medida exige exigir transparencia absoluta respecto al alcance de cualquier proyecto de ley.
La frontera entre salvaguardar la salud de las infancias y establecer controles sobre la libertad de expresión es frágil. En una democracia consolidada, la protección de los sectores vulnerables no debe edificarse a costa de debilitar las libertades fundamentales que garantizan la vigilancia ciudadana sobre el poder político.
