Entre la verdad garantizada y el fantasma de la censura: el encendido debate por los derechos de las audiencias en México

Por. J. Jesús Lemus

El ecosistema de medios de comunicación en México se encuentra sumido en una de sus controversias regulatorias y políticas más complejas de los últimos años. El detonante es la apertura del periodo de consulta pública —fijado del 27 de julio al 21 de agosto de 2026— sobre los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, presentados por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) bajo el impulso del gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.

La propuesta busca reglamentar el mandato constitucional de garantizar el acceso a información veraz, plural y oportuna, así como hacer efectivo el derecho de réplica y la clara diferenciación entre opinión, información noticiosa y contenido publicitario en radio y televisión. Sin embargo, la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), legisladores de oposición y organizaciones defensoras de la libertad de prensa, como Artículo 19, han encendido las alarmas. Advierten que pretender regular o auditar la “veracidad” o la naturaleza de los discursos editoriales entraña un riesgo inherente de hiperregulación, autorcensura e injerencia estatal sobre los contenidos.

1. El núcleo de la propuesta: ¿Qué establecen los nuevos lineamientos?

Los lineamientos dictados por la CRT buscan operativizar el marco normativo de las telecomunicaciones y radiodifusión aprobado tras la reestructuración del sector. El texto sometido a consulta ciudadana y técnica contempla varios ejes centrales:

  • Garantía de información veraz y descontextualizada: Los concesionarios deberán abstenerse de difundir información falsa, engañosa o presentar hechos pasados como si fuesen actuales.
  • Diferenciación estricta de contenidos: Se exige señalar de forma explícita al radioescucha o televidente cuándo se trata de una nota informativa, un comentario u opinión personal, o un segmento patrocinado/publicidad. Esto se realizaría mediante cortinillas, plecas en pantalla, avisos sonoros o menciones expresas.
  • Mecanismos reforzados para el Derecho de Réplica: Los medios estarán obligados a transparentar en sus portales de internet los canales para que cualquier ciudadano o persona aludida pueda solicitar rectificaciones ante datos considerados inexactos o falsos.
  • Códigos de Ética y Defensorías de Audiencia: Obliga a cada empresa radiodifusora a contar con un Código de Ética actualizado y a nombrar un Defensor de la Audiencia independiente. En el caso de radios comunitarias e indígenas, el defensor deberá pertenecer a la misma comunidad.
  • Procedimiento de queja y sanciones: La ciudadanía podrá presentar quejas dentro de los 7 días posteriores a una emisión. Si el defensor interno no resuelve en los plazos legales o la audiencia considera insatisfecho su reclamo, la CRT podrá intervenir para emitir recomendaciones, requerimientos o, en última instancia, aplicar sanciones administrativas.

2. La postura de la Presidencia: “Autorregulación y pluralidad, no censura”

Desde la tribuna de las conferencias matutinas, la presidenta Claudia Sheinbaum ha sostenido una defensa férrea del proyecto, rechazando categóricamente que su administración o la CRT busquen instaurar un régimen de censura o persecución editorial.

“No hay censura ni va a haber censura. El derecho a la información veraz es un derecho constitucional del pueblo de México. No se trata de multar ni de poner censores gubernamentales, sino de un proceso de autorregulación del propio medio para que la ciudadanía no solo decida apagar la televisión o cambiar de estación, sino ejercer su derecho a ser informada con objetividad y pluralidad.” -Claudia Sheunbaum-.

El argumento del Ejecutivo pivota en que la ley fue trabajada de forma previa en mesas de diálogo y que la consulta pública representa justamente un ejercicio democrático para ajustar cualquier arista técnica antes de su expedición definitiva. Además, la mandataria planteó la inquietud de si este debate sobre los derechos de las audiencias no debería extenderse con el tiempo hacia la prensa escrita o las plataformas digitales, que actualmente operan al margen de esta regulación específica de la CRT.

3. La reacción de la industria y la sociedad civil: La delgada línea de la libertad editorial

Para la industria de la radiodifusión, aglutinada en la CIRT, el meollo de la discusión radica en quién y bajo qué criterios calificará qué es “veraz” o cuándo un periodismo de opinión se cruza con la nota informativa.

José Antonio García Herrera, presidente del Consejo Directivo de la CIRT, señaló que aunque la industria reconoce la importancia de las audiencias y participó en consultas previas, subsisten preocupaciones de fondo sobre la operatividad de los lineamientos.

Las principales alertas expuestas por la industria radiodifusora y organizaciones civiles abarcan tres frentes:

  1. Ambigüedad del concepto de “Veracidad”: Fijar una verdad informativa como estándar sujeto a revisión administrativa puede inhibir el periodismo de investigación, las primicias que están en proceso de verificación o la difusión de filtraciones de interés público.
  2. Inviabilidad operativa de la separación en vivo: En transmisiones de radio o televisión en directo —como mesas de debate o coberturas de campo—, forzar la inserción constante de “plecas” o cortinillas para marcar el límite entre información factual y juicio de valor del conductor fragmenta el lenguaje periodístico y resulta poco práctico.
  3. Riesgo de captura institucional de las defensorías: La amenaza de que el regulador estatal intervenga cuando no le satisfaga la resolución de un defensor de audiencia privado abre la puerta a que las quejas ciudadanas sean instrumentalizadas políticamente para presionar a líneas editoriales incómodas.

4. El tablero político y legislativo

En el Congreso de la Unión, la discusión ha comenzado a polarizar posturas. Bancadas de oposición argumentan que los lineamientos de la CRT extralimitan las facultades regulatorias e intentan reinstaurar figuras que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya había acotado en fallos históricos anteriores sobre derechos de las audiencias, en los cuales se protegió la autonomía de los concesionarios para autorregularse mediante sus propios códigos de ética sin la amenaza de veto o sanción previa sobre sus discursos.

Por el contrario, legisladores del partido oficialista respaldan la consulta pública argumentando que los medios de comunicación utilizan el espectro radioeléctrico —un bien de la Nación— y que, por ende, el Estado tiene el deber tutelar de garantizar que la ciudadanía no sea expuesta de forma impune a noticias falsas (fake news) ni a campañas publicitarias encubiertas como información noticiosa.

5. Próximos pasos: El desenlace en la CRT

Con el periodo de consulta pública abierto hasta el 21 de agosto de 2026, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones se encuentra bajo la lupa de analistas internacionales, organismos multilaterales y el gremio periodístico.

El desenlace de este proceso determinará no solo la forma en que los mexicanos escucharán la radio o verán la televisión en los próximos años, sino la solidez del equilibrio entre la protección del ciudadano frente a la desinformación y el respeto irrestricto a la libertad de expresión en el país. La pregunta de fondo que flota en las mesas de análisis es si es posible construir un estándar de “información veraz” dictaminado por mecanismos institucionales sin menoscabar el libre examen de las ideas.